El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Tributación, emitió la Resolución Nº MH-DGT-RES-0039-2025, que regirá a partir del 6 de octubre de 2025.
Principales disposiciones:
- Se establece una retención del 2% para personas domiciliadas (pago a cuenta) y del 2,5% para no domiciliados (impuesto único y definitivo), siendo el adquirente el agente de retención.
- El formulario D-120 cambia su denominación a “Impuesto al Traspaso de Bienes Inmuebles” e incorpora los traspasos directos e indirectos, así como casillas para aplicar exoneraciones.
- Las declaraciones y pagos deberán realizarse únicamente en el sistema TRIBU-CR.
- El Registro Nacional no inscribirá los traspasos hasta contar con la confirmación del pago correspondiente.
- Las personas beneficiarias de la Ley N.° 9996 (inversionistas, rentistas y pensionados) podrán aplicar la reducción del 20% en el impuesto de traspaso.
Pronto podrás descargar la reciente resolución en el sitio web del Ministerio de Hacienda.